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03 abril, 2017

Cherry picking: desarrollo urbano a gusto del sector empresarial

Imagen: Pixabay.com



Cherry picking o falacia de la evidencia incompleta, es una forma de engañar sin decir mentiras, sólo hace falta omitir (voluntaria o involuntariamente) alguna información relevante.
Por ejemplo, si yo les digo que cierto personaje histórico de origen alemán, integrante de una familia humilde, fue un joven carismático, aficionado a las artes, a la música clásica y que contaba con ciertos dotes para la pintura, que fue un arduo trabajador, que desempeñó labores de limpieza y albañilería y que llegó a ser un importante político y presidente de su país, pocos imaginarían que estoy refiriéndome a Adolf Hitler.

Esto es posible porque omití revelar información importante que nos ayudaría mucho a entender lo peligroso que resultó este hombre para la humanidad. Como la inmensa mayoría sabe, este señor del que hablo fue el responsable de la muerte de miles de judíos y de fomentar el odio racial no sólo en Alemania sino a nivel mundial.

Con ese mismo artilugio, el cherry picking, se formulan los programas parciales y las directrices generales de desarrollo urbano en Baja California. La existencia de alguno de estos documentos es obligatoria para que el Ayuntamiento autorice cualquier acción de conservación, mejoramiento y crecimiento de los centro de población. En ellos se tiene que expresar los argumentos que justifiquen las acciones de urbanización que se pretendan llevar a cabo y tienen que demostrar que se apoyan y están en completa armonía con la legislación y con los planes y programas de desarrollo urbano.

Para muestra un botón: las Directrices Generales deDesarrollo Urbano del Corredor Regional Carretera a San Felipe, documento en el que se basa la construcción de la planta cervecera de Constellation Brands. Estas Directrices contienen únicamente las normas y los planes de desarrollo más convenientes omitiendo las que no le son favorables. Es decir, no expresan la información que puede exhibir a su proyecto como nocivo para la ciudad. Por razones de espacio, cito tan sólo un par de ejemplos.

Primero. Las acciones de urbanización no deben basarse en directrices generales, sino en un programa parcial de desarrollo urbano. Así lo estipula la ley, pues las directrices se elaboran únicamente cuando no existan programas de desarrollo urbano o lineamientos aplicables al área. La Constellation Brands se ubicará en el Ejido Choropo, sitio que está plenamente regulado en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población 2025 y que contempla un uso de suelo agrícola. La diferencia es la profundidad con la que se hace el estudio del futuro desarrollo y la congruencia que guarda con los planes de desarrollo actuales. Las directrices son más superficiales y no necesariamente propone un proyecto que guarde congruencia con la planeación existente. El Ayuntamiento no está facultado para hacer algún cambio de uso de suelo basado en dichos documentos y debe hacerlo en un Plan Parcial de Desarrollo Urbano.

Segundo. Las directrices omiten la referencia a todo ordenamiento y planeación ambiental, pese a que por ley y por criterio de la corte cualquier instrumento de planeación urbana debe guardar con aquella perfecta armonía. No hay una sola mención a la Ley General de Equilibrio Ecológico, ni a la de Protección al Ambiente del Estado o, lo que es más grave, no se fundamenta la congruencia que el proyecto tiene respecto a los planes de ordenamiento ecológico de ningún nivel.

¿Por qué sucede esto? Pasa porque tales documentos están a cargo de las consultorías privadas que paga la empresa interesada en determinado desarrollo. Para el caso de Constellation Brand, la transnacional contrató a las consultorías privadas “Montes” y “City Plan” para que elaboraran de las Directrices Generales que el Ayuntamiento y el Gobierno del Estado aprobaron y que son la base para autorizar el cambio de uso de suelo. Así, a modo, se han elaborado la inmensa mayoría de los instrumentos de planeación de la entidad. Esto es ya una muy mala costumbre.